
SAT Inicia Devolución de Saldos a Favor en 2025: ¿Eres Elegible?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comenzado a procesar las devoluciones automáticas de saldos a favor correspondientes a la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2024. Este beneficio está disponible para personas físicas que hayan presentado su declaración correctamente y cumplan con ciertos requisitos.
¿Quiénes Pueden Recibir la Devolución Automática?
Los contribuyentes que pueden acceder a la devolución automática son aquellos que:
- Presentaron su declaración anual antes del 30 de abril de 2025.
- Utilizaron su e.firma o contraseña, según corresponda.
- Solicitaron la devolución al momento de presentar la declaración.
- Tienen un saldo a favor igual o menor a $150,000 pesos.
- Proporcionaron una cuenta bancaria (CLABE) activa y a su nombre.
En estos casos, el SAT tiene un plazo de hasta 40 días hábiles para realizar el depósito correspondiente.

¿Quiénes Deben Realizar un Trámite Adicional?
Algunos contribuyentes no califican para la devolución automática y deberán presentar una solicitud manual mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Esto aplica si:
- El saldo a favor supera los $150,000 pesos.
- Obtuvieron ingresos por copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Presentaron la declaración fuera del plazo establecido.
- No seleccionaron la opción de devolución al presentar la declaración.
- Utilizaron la contraseña cuando era obligatoria la e.firma.
En estos casos, el SAT también cuenta con un plazo de hasta 40 días hábiles para resolver la solicitud.

¿Cómo Consultar el Estatus de tu Devolución?
Puedes verificar el estado de tu devolución ingresando al portal del SAT y accediendo al Buzón Tributario. Allí encontrarás información actualizada sobre el proceso de tu solicitud.
Recomendaciones para una Devolución Exitosa
- Asegúrate de que tus deducciones personales estén respaldadas por facturas electrónicas (CFDI) y que los pagos se hayan realizado por medios bancarios.
- Verifica que tu cuenta CLABE esté activa y a tu nombre.
- Mantén actualizados tus datos de contacto en el Buzón Tributario.
Para más información y asistencia personalizada, no dudes en contactarnos.